El mundo de la facturación en España se encuentra al borde de una transformación significativa. El borrador del reglamento técnico que establece la obligación de emitir y entregar facturas electrónicas a otros empresarios y profesionales ya ha sido publicado. Este acontecimiento representa un hito en la digitalización de los procesos comerciales en el país y demanda la atención tanto de autónomos como de empresas, quienes deben comenzar a prepararse para adaptarse a esta nueva normativa.

ESTADO ACTUAL DE LA NORMATIVA

El reglamento técnico fue publicado el 15 de junio de 2023 y posteriormente pasó por un período de audiencia e información pública que concluyó el 10 de julio del mismo año. En la actualidad, se encuentra en proceso de tramitación y se espera su publicación definitiva en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Una vez que esto ocurra, comenzarán a correr los plazos de implementación, que varían entre uno y dos años, dependiendo del tamaño de la empresa (menos de 8 millones de euros de facturación al año o más).

¿CUÁNDO ENTRARÁ EN VIGOR PARA AUTÓNOMOS Y PYMES?

Para autónomos y pequeñas empresas con una facturación inferior a 8 millones de euros al año, la fecha crítica se sitúa en el primer trimestre de 2025. Esto significa que si eres autónomo o diriges una pequeña empresa, es fundamental que marques en rojo en tu calendario la fecha mencionada.

ASPECTOS CLAVE DEL REGLAMENTO:

Las características esenciales del futuro sistema español de factura electrónica incluyen:

  • Interconexión entre plataformas: Uno de los aspectos destacados es la necesidad de que todos los sistemas y software de facturación se interconecten para garantizar la facilidad de uso del sistema español de factura electrónica.
  • Interoperabilidad de formatos: El documento exige que las facturas electrónicas se ajusten a un modelo semántico de datos aprobado por el Comité Europeo de Normalización, utilizando sintaxis como XML, UBL, EDIFACT o Facturae. Además, todas las facturas electrónicas emitidas a través de programas privados deben estar firmadas electrónicamente con firma electrónica avanzada.
  • Información sobre el estado de las facturas: Los destinatarios deben informar sobre la aceptación o rechazo de las facturas y la fecha de pago en un plazo de 4 días naturales, con el objetivo de controlar la morosidad. Esto incluye varios estados posibles, como la aceptación o rechazo comercial de la factura, el pago efectivo completo de la factura, entre otros.
  • Libertad de elección: Los receptores de facturas electrónicas no pueden obligar a los emisores a utilizar una solución o proveedor de servicios de facturación electrónica específico.
  • Acceso y almacenamiento: Se debe facilitar el acceso, visualización, descarga e impresión de la factura electrónica para los receptores, y se exige mantener el acceso a las facturas durante 4 años.

PREPARÁNDOTE PARA LA FACTURA ELECTRÓNICA: NAVEGANDO POR EL CAMBIO HACIA LA DIGITALIZACIÓN

La obligación de facturar de forma electrónica se aproxima rápidamente para empresarios y autónomos en España. Es crucial mantenerse informado sobre los cambios y prepararse adecuadamente para cumplir con las nuevas regulaciones. Estamos aquí para ayudarte en esta transición hacia la digitalización de la facturación.

A medida que empresas, autónomos y desarrolladores de software esperamos con interés la publicación del Real Decreto para obtener una comprensión completa de las regulaciones finales, es esencial considerar cómo esta solución puede beneficiar a tu compañía. A pesar de las críticas que ha enfrentado este programa debido a su complejidad y su limitada capacidad para llegar a autónomos y pequeñas empresas, es fundamental evaluar su potencial para simplificar la transición hacia este nuevo sistema y sus ventajas para tu empresa.

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